ARTICULO 145. Consejo Académico. El Consejo Académico, convocado y presidido por el rector o director, estará integrado por los directivos docentes y un docente por cada área o grado que ofrezca la respectiva institución. Se reunirá periódicamente para participar en:
a) El estudio, modificación y ajustes al currículo, de conformidad con lo establecido en la presente ley;
b) La organización del plan de estudio;
c) La evaluación anual e institucional, y
d) Todas las funciones que atañen a la buena marcha de la institución educativa.
Al finalizar el año lectivo, y como consecuencia del proceso de evaluación permanente y continuo, el equipo docente, tomará las decisiones correspondientes a la promoción, aplazamiento o repitencia del alumnado al siguiente o mismo, según lo estipulado por el decreto 230 grado, con el asesoramiento de la comisión de evaluación y promoción, una vez revisados los formatos de control y seguimiento que cada docente lleva como registro y evidencia del proceso desarrollado por cada estudiante en particular y por el grupo en general, según los criterios determinados al inicio del año lectivo y durante los diferentes períodos académicos
• Los alumnos y sus padres o representantes legales pueden ser oídos antes de adoptar la decisión de promoción, para ello deberán dirigirse al orientador del grupo en la entrevista de atención a padres y alumnos de final de cada periodo, en junio, y completar el impreso que para tal fin tendrán a su disposición.
• La decisión sobre promoción o titulación de los alumnos será adoptada de forma colegiada por el equipo de evaluación correspondiente; si no hay consenso, se determinará lo que decida la mayoría simple de los profesores que formen el equipo de evaluación. A tales efectos se entenderá por equipo de evaluación al conjunto de profesores que imparte enseñanzas al alumno evaluado. Cada profesor perteneciente a este equipo de evaluación votará una sola vez aunque impartiera más de un área o materia a dicho alumno, impidiéndose la posibilidad de abstenerse en dicha decisión.
Promoción
• Se promocionará al curso siguiente cuando se hayan superado los objetivos de las materias cursadas o se tenga evaluación negativa como máximo en dos materias y se repetirá curso con evaluación negativa en tres o más materias.
• Excepcionalmente, podrá autorizarse la promoción con evaluación negativa en tres materias cuando el equipo docente considere que la naturaleza de sus dificultades no le impide seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación, a partir de las competencias básicas alcanzadas, y que dicha promoción beneficiará su evolución académica.
• Para tomar esta decisión en nuestro Centro se exigirá que entre las tres materias no haya dos instrumentales (Lengua Castellana y Literatura o Matemáticas del mismo o distinto curso).
Y si se cumple dicha condición se tomará la decisión valorando los siguientes aspectos:
- Que haya asistido a clase con normalidad.
- Que no haya mostrado una actitud negativa materializada en la no participación activa en el aula y en la no realización de trabajos propuestos por el profesorado.
- Que su convivencia en el Centro, de respeto y tolerancia, sea satisfactoria
- El esfuerzo e interés por superarse se valorará positivamente. El abandono manifiesto de alguna área o materia se valorará negativamente. La circunstancia del abandono deberá ser debidamente documentada por el profesor del área o materia.
- La posibilidad y la conveniencia o no de repetir en función de lo que cabe esperar de la continuidad durante un año más en la instituciòn
- Además se podrán tener en cuenta, si procede, situaciones excepcionales ajenas al Centro que hayan podido influir decisivamente en los resultados académicos del alumno en el último grado.
La comisión de promoción y evaluación tomará en cuenta así mismo, los formatos de registro de cada estudiante, a partir de los cuales se puede definir con claridad el nivel de desempeño de cada alumno y su situación real dentro del área o asignatura.
GRADUACIÓN Y PROMOCIÓN
El alumnado que supere todas las materias de la etapa obtendrá el título de Graduado en Educación Técnica ComercialAsimismo, podrá obtener dicho título aquel alumno o alumna que haya finalizado el curso con evaluación negativa en una o dos materias, y, excepcionalmente, en tres, siempre que el equipo docente considere que la naturaleza y el peso de las mismas, en el conjunto de la etapa, no le ha impedido alcanzar las competencias básicas y los objetivos del nivel.
Para la toma de esta decisión en nuestro INSTITUCIÓN se exigirán las siguientes condiciones para poder proponer para el título a un alumno con hasta 3 materias pendientes:
1) Que entre las materias pendientes no haya ninguna relacionada con la especialidad de la institución.
2) No tenga dos o más materias de tipo instrumental, es decir Lengua Castellana y Literatura o Matemáticas del mismo o distinto curso.
Y si se cumplen dichas condiciones se tomará la decisión valorando los mismos aspectos que se mencionan anteriormente para la promoción.
CRITERIOS GENERALES SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ALUMNOS
La evaluación debe ser el punto de referencia para adoptar decisiones que afecten a la intervención educativa, a la mejora del proceso y a la adopción de medidas de refuerzo educativo o de adaptación curricular. La evaluación debe ser continua e integradora, de ahí la importancia de registrar el desempeño de cada estudiante en los distintos formatos diseñados.
Los referentes de la evaluación serán siempre los objetivos generales de la etapa y los de cada una de las áreas. La evaluación se abordará desde tres puntos de vista diferentes:
• Evaluación inicial
• Evaluación formativa
• Evaluación sumativa
Se tomará en cuenta la filosofía institucional de la corriente pedagógica establecida en relación con la formación integral y el aprendizaje significativo.
COLABORACIÓN DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA
Es necesario mantener una relación fluida entre padres y profesores que permita que éstos estén informados no solo del proceso de enseñanza de su hijo, de la marcha en sus estudios, sino también debe estar informado de las normas de convivencia del Centro, de los proyectos y actividades que se organizar, .....
La relación habitual entre profesores y padres se establece a través del profesor-tutor que tiene asignada una hora de atención a padres a la semana. Además, si un padre quiere entrevistarse con cualquier profesor de su hijo/a podrá hacerlo ya que todos los profesores tienen una hora de atención a padres en su horario individual.
A los padres se les convocará al comienzo del curso a una reunión con el profesor-tutor en la que se les informará del calendario de evaluaciones, las normas de convivencia y de funcionamiento de institución el horario de sus hijos/as, los profesores y horas de atención a padres de cada uno de ellos, ....... En el mes de abril, antes de la apertura del plazo para reservar plaza en los centros sostenidos con fondos públicos se convocará a los padres para informarles de las diferentes opciones que se plantean y los distintos itinerarios que pueden seguir los alumnos/as el siguiente curso.
Por último los padres recibirán a lo largo del curso información a través de los boletines de notas sobre el rendimiento académico de sus hijos/as uno por período. Así mismo al terminar el año lectivo, el padre de familia recibirá un quinto informe que resume el desempeño del estudiante durante el año. De cualquier incidencia o falta de asistencia serán informados los padres en el menor plazo posible.
COLABORACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
En cuanto a los alumnos, su participación se establece a través del Consejo Escolar, Consejo de estudiantes y del profesor orientador de grado y de la asignatura. En él se determina las condiciones de cada uno, teniendo en cuenta las recomendaciones realizadas al inicio del año escolar por los docentes a cargo de la orientación de cada asignatura, respetando lo estipulado por ley en el decreto 230
a. Entre estas materias pendientes no estén Lengua Castellana y Literatura
o Matemáticas.
b. Las tres materias pendientes no pertenezcan al mismo curso de la etapa.
c. No haya dos materias pendientes con la misma denominación.
4. En el cómputo de las materias no superadas, a efectos de promoción y titulación, se considerarán tanto las materias del propio curso como las de cursos anteriores.
5. En el tercer curso la materia de Ciencias de la Naturaleza (organizada en Biología y
Geología y Física y Química) mantiene su carácter unitario a efectos de promoción.
6. Un alumno podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos como máximo dentro de la etapa. Excepcionalmente podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en cursos anteriores de la etapa. Cuando la segunda repetición deba producirse en el último de nivel , se prolongará un año el límite de edad establecido
en el artículo 1.1 del Real Decreto 1631/2006.
7. Para aquellos alumnos mayores de quince años que, habiendo cursado segundo de
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